IUSera
Registro digital 2008289 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.2o.A.107 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

DERECHO POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA COMO ESTACIONAMIENTO. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SEAN LOS MUNICIPIOS Y NO EL LEGISLADOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, QUIENES DETERMINEN EL MONTO DE LA CUOTA EXTRAORDINARIA PARA SU PAGO, EN FUNCIÓN DE LOS COSTOS QUE TENGAN PARA LA MUNICIPALIDAD LAS ADECUACIONES A LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA INSTALACIÓN DE PARQUÍMETROS, RESPETA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El principio de legalidad tributaria contenido en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se traduce en la exigencia de que toda contribución sea creada por el Poder Legislativo y que sus elementos esenciales como son: sujeto, objeto, base, tasa y época de pago, estén consignados en una ley, de modo que el particular pueda conocer, en todo momento, la forma cierta de contribuir al gasto público, al ser el legislador y no otro órgano quien precise los elementos del tributo. Por su parte, el artículo 65 bis-1, fracción IV, segundo párrafo, de l...

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