DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. EL ARTÍCULO 244 DEL CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA (ACTUALMENTE CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA), CONSTITUYE UNA AGRAVANTE DE ESTE DELITO (POR RESPONSABILIDAD TÉCNICA) Y NO LA DESCRIPCIÓN DE UN TIPO PENAL COMO FIGURA AUTÓNOMA.
Texto de la tesis
El artículo 244 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla (actualmente Código Penal del Estado de Puebla), no contiene la descripción de un tipo penal como figura autónoma, al prever que a los ingenieros, arquitectos, agrónomos, veterinarios, maestros de obras y, los que se dediquen al ejercicio de una profesión, que causen daños indebidos con motivo del ejercicio de sus funciones, con la respectiva afectación a una cosa ajena, se les impondrá como pena la suspensión en el ejercicio de su profesión a que alude el diverso numeral 243 del propio ordenamiento; pues la intención del legisl...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.