REVISIÓN FISCAL ADHESIVA. DEBE DESECHARSE ESE RECURSO SI EL PRINCIPAL ES IMPROCEDENTE, DADA SU NATURALEZA ACCESORIA.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 63, penúltimo y último párrafos, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la parte que obtuvo resolución favorable a sus intereses puede adherirse al recurso de revisión interpuesto por el recurrente; sin embargo, el precepto citado establece que la adhesión sigue la suerte procesal del medio de impugnación principal, esto es, carece de autonomía en cuanto a su trámite y procedencia, y el interés del adherente depende de lo resuelto en este último. De ahí que si el recurso de revisión fiscal principal es improcedente, debe desecharse el adhesivo, dada...
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