RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NIEGA LA ORDEN DE APREHENSIÓN. LOS ARTÍCULOS 383, FRACCIÓN IV Y 386, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, QUE PROSCRIBEN AL OFENDIDO SU DERECHO A PROMOVERLO, SON CONTRARIOS AL ARTÍCULO 8, NUMERAL 2, INCISO H), DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y, POR TANTO, DEBEN INAPLICARSE.
Texto de la tesis
Los artículos 383, fracción IV y 386, fracción III, del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado de Yucatán, que proscriben al ofendido su derecho a promover el recurso de apelación contra la resolución que niega una orden de aprehensión, son inconvencionales y, por tanto, deben inaplicarse, pues afectan y restringen el derecho de los justiciables a la segunda instancia en un proceso penal, en contravención al artículo 8, numeral 2, inciso h), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prevé la doble conformidad judicial como una garantía primordial que debe respetarse...
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