COMPETENCIA. LA SOLA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD QUE LA DECLINA ES INSUFICIENTE PARA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO, PUES ES NECESARIO, ADEMÁS, OBSERVAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD [ABANDONO PARCIAL DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS VI.2O.T.1 K (10A.)].
Texto de la tesis
En la ejecutoria de la que derivó la tesis VI.2o.T.1 K (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de mayo de 2014 a las 10:34 horas y en su Gaceta Décima Época, Libro 6, Tomo III, mayo de 2014, página 1940, de título y subtítulo: "COMPETENCIA. LA SOLA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD QUE LA DECLINA ES INSUFICIENTE PARA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO, AL NO SER UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE VULNERE DERECHOS SUSTANTIVOS DEL QUEJOSO.", este tribunal sostuvo que de conformidad con el artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo, el auto por el que una Junta...
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