PRIMA SABATINA DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO. QUIÉNES TIENEN DERECHO A ELLA CONFORME A LA CLÁUSULA 40 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
Texto de la tesis
La citada cláusula establece: "Por cada cinco días de labores, el personal disfrutará de dos días de descanso a la semana que serán sábados y domingos. En los casos del personal de vigilancia o cualquier otro que por la naturaleza de sus actividades no pueda estar sujeto a este descanso, la UACH y el sindicato ajustarán las jornadas correspondientes de manera que disfruten de descanso en un modo similar. El trabajo en día sábado o domingo será compensado por una prima adicional del 50% del salario de cada día. Además, cuando una jornada incluya horas de días festivos de descanso, las horas lab...
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