COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD DE LOS TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO (EN LIQUIDACIÓN). FORMA DE CALCULARLA CONFORME A LA CLÁUSULA 62, FRACCIÓN I, INCISO A), PÁRRAFOS PRIMERO Y TERCERO, DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, BIENIO 2004-2006.
Texto de la tesis
De la cláusula 62, fracción I, inciso a), del contrato colectivo de trabajo celebrado entre el organismo público descentralizado Luz y Fuerza del Centro y su sindicato de trabajadores, bienio 2004-2006, en la que se pactó una compensación por antigüedad, se advierte que el primer párrafo de dicho inciso trata de un supuesto diferente al que establece el diverso párrafo tercero del mismo inciso, pues éste está vinculado con el segundo que, a su vez, remite a la cláusula 64 del propio contrato colectivo; por tanto, para el supuesto establecido en el referido primer párrafo de la cláusula 62, fra...
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