LIBERTAD DE EXPRESIÓN. EL ARTÍCULO 44, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, VULNERA ESE DERECHO FUNDAMENTAL.
Texto de la tesis
El precepto citado prohíbe que la información derivada de las investigaciones, encuestas y monitoreos publicados por la Procuraduría Federal del Consumidor se utilice con fines publicitarios o comerciales. Ahora bien, en primer término se estima que la medida indicada persigue una finalidad constitucionalmente válida en tanto busca proteger al consumidor. Por otra parte, es idónea, pues prohibir el uso publicitario de los resultados de las investigaciones puede ayudar a proteger los intereses del consumidor al evitar que se manipulen los resultados de las investigaciones con un fin comercial....
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