IUSera
Registro digital 2008073 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 81/2014 (10a.) · Primera Sala

AMPARO ADHESIVO. SU PROCEDENCIA NO PUEDE DETERMINARSE A PARTIR DE LA ARGUMENTACIÓN ESPECÍFICA QUE CONTENGA AQUÉL.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La procedencia de la acción de amparo adhesivo debe analizarse en una etapa procesal previa al avocamiento del tribunal al estudio del desarrollo lógico-jurídico de la solicitud de quien pretende la subsistencia del acto reclamado. Lo anterior es así, en virtud de que por razón de técnica jurídica, los presupuestos procesales constituyen una cuestión de pronunciamiento previo a la calificativa que pudiera hacerse sobre los argumentos del accionante. Por ello, la procedencia de un amparo adhesivo no puede determinarse a partir de la argumentación específica que éste contenga. Ello, no obstante...

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