SENTENCIAS PENALES DEFINITIVAS. LA EJECUCIÓN, RESPECTO DE AQUELLAS DICTADAS POR JUECES MENORES O DE PRIMERA INSTANCIA, CORRESPONDE A LOS JUZGADOS ESPECIALIZADOS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DEL ESTADO DE MICHOACÁN.
Texto de la tesis
El Estado de Michoacán, mediante decreto publicado en su Periódico Oficial el catorce de junio de dos mil once, creó la Ley de Ejecución de Sanciones Penales, que derogó el diverso ordenamiento sobre la materia vigente a partir del veintiocho de enero de dos mil cinco y disposiciones derivadas; en tanto se instrumentaba la reforma, los Jueces penales, en el ámbito de sus respectivas competencias, continuarían resolviendo lo concerniente al periodo ejecutivo de dichos fallos. Por su parte, el Consejo del Poder Judicial de Michoacán, por Acuerdo General de veintidós de agosto de dos mil doce, es...
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