SINIESTROS AÉREOS. EL CONVENIO DE CHICAGO Y SU ANEXO 13, TITULADO "INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN", NO SON VINCULANTES PARA EL ESTADO MEXICANO EN LA INDAGACIÓN DE AQUELLOS EN LOS QUE INTERVIENEN AERONAVES DEL ESTADO QUE CUMPLEN UN SERVICIO DE POLICÍA.
Texto de la tesis
El Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y su Anexo 13, no son vinculantes para el Estado Mexicano en la indagación de siniestros aéreos en que intervienen aeronaves del Estado que cumplen un servicio de policía, según lo prescrito en el artículo 3o., incisos "a" y "b" del propio convenio, que prevé su inaplicabilidad para la indagación de siniestros aéreos en que intervienen aeronaves con esas características. La exclusión expresa sobre la aplicación del Convenio a las aeronaves de Estado impide obligar a las autoridades que investigan los siniestros aéreos en que...
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