SESIONES PÚBLICAS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. EL TIEMPO Y ESTILO DE DISCUSIÓN DE CADA ASUNTO RESPONDEN A UNA DINÁMICA ADQUIRIDA POR LOS MAGISTRADOS QUE LOS INTEGRAN (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 184, 185, 186 Y 187 DE LA LEY DE AMPARO).
Texto de la tesis
En torno a las sesiones públicas que llevan a cabo los Tribunales Colegiados de Circuito, los artículos 184, 185, 186 y 187 de la Ley de Amparo, establecen un sistema mediante el cual se listan asuntos de resolución, presentados por cada uno de los respectivos magistrados ponentes; se discuten, se recaban las votaciones y, en su caso, se aprueban los proyectos. Tal esquema normativo permite que los magistrados lleven a cabo una discusión pública sobre los asuntos, ello en un marco de transparencia y apertura. Sin embargo, a consideración de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de...
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