IUSera
Registro digital 2007809 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.I.A. J/27 A (10a.) · PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIÓN JUBILATORIA OTORGADA POR EL ISSSTE. LOS CONCEPTOS "ASIGNACIONES DOCENTES, PEDAGÓGICAS GENÉRICAS Y ESPECÍFICAS" NO FORMAN PARTE DEL SUELDO BASE PARA EFECTOS DEL CÁLCULO DE LA CUOTA DIARIA PENSIONARIA Y, POR ENDE, SÓLO PUEDEN INCLUIRSE CUANDO SE DEMUESTRE QUE FUERON OBJETO DE COTIZACIÓN PARA EL FONDO DE PENSIONES.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme a los artículos 17 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 23 del Reglamento de Prestaciones Económicas y Vivienda del propio Instituto, para calcular la cuota diaria pensionaria sólo deben considerarse el sueldo tabular, los quinquenios y/o la prima de antigüedad; de ahí que si se pretenden incluir en la base de dicho cálculo conceptos distintos a esos rubros, el actor en el juicio de nulidad debe demostrar que por ellos se realizaron las aportaciones de seguridad social al Instituto. Ahora bien, aun cuando en el Acuerdo por el que s...

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