IUSera
Registro digital 2007796 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCCLXVII/2014 (10a.) · Primera Sala

DERECHO DE VISITAS Y CONVIVENCIAS. LOS GASTOS GENERADOS POR LOS DESPLAZAMIENTOS PARA EJERCERLO, DEBEN CONSIDERARSE POR EL JUEZ AL DECRETAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA CORRESPONDIENTE.

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los gastos generados por los desplazamientos que lleva a cabo el padre que tiene la guarda y custodia de un menor con la finalidad de que éste ejerza su derecho a las visitas y convivencias, se encuentran comprendidos en los alimentos a los que tiene derecho el menor. De esta manera, en caso de que el régimen de visitas y convivencias decretado por el juez conlleve la realización de este tipo de gastos (por ejemplo, por tener que desplazar al menor de una ciudad a otra), éstos deben ser considerados al momento de decretar la pensión alimenticia correspondiente. Lo anterior es así porque la imp...

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