IUSera
Registro digital 2007774 · Tesis aislada · 10a. Época · III.4o.C.8 K (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

RECLAMACIÓN. ES INFUNDADO EL RECURSO INTERPUESTO SI NO SE DEMUESTRA LA ILEGALIDAD DEL ACUERDO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN EL QUE DECLARÓ SU INCOMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO EN LA VÍA DIRECTA Y LA REMITIÓ AL JUEZ DE DISTRITO, A QUIEN CORRESPONDE PRONUNCIARSE RESPECTO DEL CARÁCTER CON QUE SE OSTENTAN LAS PARTES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Es inoperante el agravio encaminado a controvertir que debió reconocérsele el carácter de apoderado al quejoso, si el Tribunal Colegiado de Circuito declara su incompetencia para conocer de la demanda de amparo en la vía directa y ordena la remisión de los autos al Juzgado de Distrito en turno, por ser él quien debe conocer de ésta y, en su caso, resolver sobre las cuestiones que se planteen en el libelo constitucional, incluidos los temas concernientes al reconocimiento del carácter con que se ostentan las partes promoventes, pues por el hecho de que se haya declarado su incompetencia, el Tri...

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