FACTURAS COMERCIALES EXPEDIDAS EN EL EXTRANJERO. NO REQUIEREN APOSTILLARSE PARA QUE PUEDAN SER VALORADAS POR LA AUTORIDAD FISCAL.
Texto de la tesis
De conformidad con la fracción II de la regla I.1.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 -que se reitera en las resoluciones de 2011 y 2012-, los documentos privados que anexen los contribuyentes a sus promociones deben estar protocolizados o certificados, así como apostillados si fueron emitidos en un país signatario de la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, o legalizados cuando hayan sido emitidos en un país no signatario de ésta. Sin embargo, la citada disposición no es aplicable tratándose de facturas comerciales ex...
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