COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE EMITE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE OTORGA EN EXCLUSIVA, PROCEDE EL RECURSO DE REVISIÓN CONFORME A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O EL JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, SIN PERJUICIO DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAMEN NORMAS GENERALES [INTERRUPCIÓN DE LAS JURISPRUDENCIAS 2A./J. 167/2011 (9A.), 2A./J. 168/2011 (9A.), 2A./J. 43/2014 (10A.) Y 2A./J. 44/2014 (10A.) (*)].
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación interrumpe las tesis de jurisprudencia aludidas en las que estableció, en esencia, que la relación entre la Comisión Federal de Electricidad y los particulares en lo relativo al suministro de energía eléctrica es de coordinación, originada por un acuerdo de voluntades donde ambas partes adquieren derechos y obligaciones recíprocos dentro de un ámbito privado. Lo anterior en razón de que, en términos del artículo 1o. del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad, esta última es un organismo descentralizado de la Adminis...
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