JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO PUEDE OTORGARSE UNA NUEVA OPORTUNIDAD AL ACTOR PARA OFRECER COMO PRUEBA LOS DOCUMENTOS CON LOS CUALES SE DETERMINEN LA PROCEDENCIA Y EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN CUYA RESOLUCIÓN SE IMPUGNA, CUANDO NO LOS EXHIBIÓ ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA.
Texto de la tesis
A pesar de la existencia del principio de litis abierta que regula el juicio contencioso administrativo, previsto en el artículo 1o., párrafo segundo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, no es factible otorgar al actor una nueva oportunidad para ofrecer como prueba los documentos con los cuales se determinen la procedencia y el origen de las mercancías objeto del procedimiento de fiscalización cuya resolución se impugna, pues conforme al artículo 36, fracción I, inciso d), de la Ley Aduanera, vigente hasta el 9 de diciembre de 2013, es su obligación exhibirlos ante l...
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