ASIGNACIONES FAMILIARES. NO PUEDEN FORMAR PARTE DE LA PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE, PARCIAL O TOTAL (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 66 Y 164 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA).
Texto de la tesis
De la interpretación sistemática de los artículos 66 y 164 de la Ley del Seguro Social derogada, las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar, y se concederán únicamente a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, de acuerdo con las reglas establecidas en ellos. En esa tesitura, si el actor no demostró encontrarse pensionado con motivo de alguno de los supuestos previstos en el citado artículo 164 (invalidez, vejez, o cesantía en edad avanzada), sino que se le otorgó una pensión de incapacidad parcial permanente, es...
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