IUSera
Registro digital 2007565 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 84/2014 (10a.) · Segunda Sala

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO. AUN CUANDO LOS ARTÍCULOS 153-C, 153-D, 153-E, 153-I, 153-U Y 153-V, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SON DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA, ES NECESARIO QUE EL QUEJOSO ACREDITE QUE SE RIGE POR DICHA LEGISLACIÓN PARA IMPUGNARLOS A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1O. DE DICIEMBRE DE 2012).

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

En los preceptos citados, que forman parte de un sistema normativo, se precisa que la capacitación y el adiestramiento son una obligación de los patrones y trabajadores; se define el objeto del adiestramiento y se distingue de la capacitación; se prevén las facultades de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad; se define el concepto de "productividad"; y se regula la posibilidad de acreditar las capacidades para el desempeño de un trabajo, así como la posibilidad de presentar exámenes de suficiencia. Ahora, cuando a través del juicio de amparo se reclama una norma gen...

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