PENSIÓN OTORGADA POR EL ISSSTE. LA PROHIBICIÓN PARA RENUNCIAR A UNA Y OBTENER OTRA CON MOTIVO DEL REINGRESO AL SERVICIO PÚBLICO, CONTENIDA EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, VIOLA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE MARZO DE 2007).
Texto de la tesis
La disposición legal citada establece que cuando un pensionista reingresare al servicio activo, no podrá renunciar a la pensión que le hubiere sido concedida para solicitar y obtener otra nueva, lo cual implica un trato desigual frente a situaciones idénticas, pues si conforme al sistema legal anterior, cuando un trabajador reingresaba al servicio público, cesaba en la percepción de la pensión que hubiera venido disfrutando, y con ello provocaba que a partir de su reincorporación pagara de nueva cuenta las cuotas que señala la ley, lo coherente con esta reactivación de la aportación de nuevos...
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