IUSera
Registro digital 2007403 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.T.30 L (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA. EL ESTÍMULO DENOMINADO "PAGO POR RENUNCIA" NO APLICA PARA AQUELLOS QUE RENUNCIEN PARA INCORPORARSE AL PROGRAMA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, no está obligado a pagar las cantidades a que se refiere el estímulo denominado "pago por renuncia", contenido en un acuerdo celebrado con el sindicato, a un trabajador que expresa su voluntad de no seguir prestando sus servicios con el fin de integrarse al Programa de Separación Voluntaria en la Administración Pública Federal y recibe la compensación correspondiente por este concepto, ya que ambas prestaciones comparten la misma esencia, dado que se otorgan en atención a la antigüedad del trabajador, aunque tengan un origen distinto pues, de...

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