IUSera
Registro digital 2007344 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 94/2014 (10a.) · Segunda Sala

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007. SUS ARTÍCULOS 20 Y 22 NO VIOLAN EL NUMERAL 127 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El precepto constitucional citado establece que la remuneración de los servidores públicos de las dependencias y entidades que ahí se precisan será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes bajo las bases señaladas en el propio artículo. Ahora, si se toma en cuenta que conforme al numeral 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la aprobación del Presupuesto de Egresos en el ámbito federal corresponde en exclusiva a la Cámara de Diputados, resulta claro que los artículos 20 y 22 del Presupuesto de Egresos de la Fede...

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