IUSera
Registro digital 2007327 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.P.5 K (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO A), DE LA LEY DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA NEGATIVA DE TENER POR AMPLIADA LA DEMANDA DE AMPARO DICTADA POR EL JUEZ DE DISTRITO EN UN AUTO EN EL QUE TAMBIÉN DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En términos del artículo 97, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo el recurso de queja es improcedente cuando se impugna la parte del auto en el que el Juez de Distrito negó tener por ampliada la demanda de amparo, si en ese mismo acuerdo también decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional al tener por actualizada una causal de improcedencia; pues, en este supuesto, el recurso procedente es el de revisión, previsto en el artículo 81, fracción I, inciso d), de la ley citada, medio de impugnación en el que deben analizarse no sólo el auto de sobreseimiento, sino también o...

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