IUSera
Registro digital 2007323 · Tesis aislada · 10a. Época · XXXI.11 L (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI SE PROPONE CON EL SALARIO ORDINARIO Y LA MENCIÓN GENERAL DE QUE SE INCLUYEN LAS PRESTACIONES RECONOCIDAS, ASÍ COMO LAS LEGALES QUE CORRESPONDEN AL TRABAJADOR, SIN PRECISAR LA CANTIDAD EXACTA OFRECIDA POR CADA UNO DE TALES CONCEPTOS.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

En términos del artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, el salario ordinario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación entregada al trabajador sistemática y ordinariamente por su trabajo; por tanto, el ofrecimiento de trabajo que se hace con un salario ordinario y la mención general de que se incluirán las prerrogativas reconocidas como son: prima dominical, pago de días festivos, despensa, premios de asistencia y puntualidad, y todas las prestac...

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