IUSera
Registro digital 2007321 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.A.58 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

LEGITIMACIÓN EN EL AMPARO. LA TIENE EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN PARA RECLAMAR, EN REPRESENTACIÓN DE ÉSTA, LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO AGRARIO EN EL QUE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES FUE PARTE Y SE LE CONDENÓ AL PAGO INDEMNIZATORIO QUE RESULTARA DE LA ACTUALIZACIÓN DEL AVALÚO CORRESPONDIENTE POR LA AFECTACIÓN DE TIERRAS.

Constitucional y Amparo Agrario y Rural Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En términos del artículo 7o. de la Ley de Amparo, la Federación puede pedir amparo cuando el acto afecte su patrimonio, respecto de relaciones jurídicas en las que se encuentre en un plano de igualdad con los particulares, entendiéndose por igualdad no sólo la que surge ante la ley, sino la que derive del sometimiento de las partes ante un órgano jurisdiccional, denominada igualdad procesal, debido a que cuando acuden a juicio se someten a la jurisdicción y decisión del tribunal correspondiente. Supuesto normativo que se surte cuando la Secretaría de Comunicaciones y Transportes acudió al juic...

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