IUSera
Registro digital 2007267 · Tesis aislada · 10a. Época · I.2o.A.E.11 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

NOTIFICACIÓN PERSONAL EN LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPETENCIA ECONÓMICA. CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR LA CIRCUNSTANCIACIÓN DEL CITATORIO Y DEL ACTA CORRESPONDIENTES, PARA CUMPLIR CON LA FORMALIDAD DE CERCIORAMIENTO DEL DOMICILIO.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Las notificaciones personales en los procedimientos de competencia económica se rigen por las reglas previstas en el artículo 67 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica, dispositivo que, en relación con el cercioramiento del domicilio, sólo establece que el notificador debe levantar acta circunstanciada en la que haga constar la forma cómo lo llevó a cabo. En estas condiciones, para estimar satisfecha esa formalidad, los datos plasmados en el citatorio y en el acta de notificación deberán ceñirse a las reglas de la lógica, esto es, que los hechos ahí asentados generen convicc...

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