PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS EN FORMA DE JUICIO. SI BIEN, POR REGLA GENERAL, EL AMPARO INDIRECTO SÓLO PROCEDE CONTRA SU ÚLTIMA RESOLUCIÓN, EXCEPCIONALMENTE, LOS ACTOS INTERMEDIOS SON INMEDIATAMENTE IMPUGNABLES EN ESA VÍA CUANDO SEAN DE IMPOSIBLE REPARACIÓN O EL JUICIO SE PROMUEVA POR TERCEROS EXTRAÑOS (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 2 DE ABRIL DE 2013).
Texto de la tesis
Si bien es cierto que el artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013, establece que tratándose de actos que no provengan de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo que emanen de un procedimiento seguido en forma de juicio, el amparo indirecto sólo podrá promoverse contra la última resolución de éste, por violaciones cometidas en ella o durante el procedimiento, lo que implica que -por regla general- los actos intermedios no son inmediatamente reclamables en esa vía, también lo es que conforme a la fracción IV del propio precepto, si la impug...
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