IUSera
Registro digital 2007165 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.34 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO. A EFECTO DE GARANTIZAR SU DERECHO DE AUDIENCIA, LA INVESTIGACIÓN EXHAUSTIVA DE SU DOMICILIO, CUANDO ÉSTE CONSTE EN AUTOS, NO SE SATISFACE CON LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN A UNA SOLA AUTORIDAD.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, cuando no conste en autos el domicilio para emplazar al tercero interesado, el juzgador deberá dictar las medidas pertinentes para investigarlo. El plural empleado en la expresión "medidas pertinentes" indica que no basta que se efectúe una sola acción indagatoria, sino que debe acudirse a varias fuentes de información. Además, la exhaustividad de la búsqueda es necesaria para evitar, en la medida de lo posible, que el emplazamiento se practique por edictos, ya que su eficacia comunicativa es considerablemente menor a la de...

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