IUSera
Registro digital 2007152 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.A.123 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

CONFLICTO POSESORIO EN MATERIA AGRARIA. CORRESPONDE RESOLVERLO A LA ASAMBLEA ANTES DE ACUDIR A LA JURISDICCIÓN AGRARIA, SI EL EJIDO NO HA SIDO PARCELADO POR DICHO ÓRGANO INTERNO.

Agrario y Rural Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los ejidos, particularmente los creados bajo la vigencia de la Ley Federal de Reforma Agraria, se formaron a partir de dotaciones de tierras entregadas por el gobierno federal a grupos campesinos con motivo del reparto agrario, por lo cual, éstas constituyen una verdadera propiedad común indivisa; de este modo, se presume que dicho estado de copropiedad -donde todos los derechos de los miembros del núcleo de población se encuentran confundidos- es el que permanece en el ejido hasta en tanto la asamblea haga el parcelamiento o división y mientras el acta correspondiente sea inscrita en el Regis...

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