ORDEN DE REAPREHENSIÓN. CUANDO SE RECLAMA EN AMPARO INDIRECTO Y SE ADUCE DESCONOCER EL MOTIVO POR EL QUE SE DECRETÓ, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE NOTIFICAR EL INFORME JUSTIFICADO PERSONALMENTE AL QUEJOSO Y PREVENIRLO PARA QUE, SI LO ESTIMA CONVENIENTE, AMPLÍE SU DEMANDA O LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.
Texto de la tesis
Cuando se promueve el juicio de amparo contra la orden de reaprehensión y el quejoso aduce desconocer el motivo por el que se decretó ese mandato de captura, el Juez de Distrito debe notificarle personalmente el informe justificado y prevenirlo para que, si lo estima conveniente, amplíe su demanda o los conceptos de violación. Lo anterior es así, toda vez que no puede presumirse que aquél tuvo a la vista las constancias que remitió la autoridad responsable y que sirvieron de base para emitir la orden, pues si el acuerdo en que éstas se recibieron se notificó por lista, debió ordenarse la notif...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.