CONTRAGARANTÍA PARA QUE DEJE DE SURTIR EFECTOS LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO. ASPECTOS QUE DEBE TOMAR EN CUENTA EL JUZGADOR DE AMPARO PARA LA FIJACIÓN DE SU MONTO (LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).
Texto de la tesis
De los artículos 132, 133 y 134 de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, así como de la ejecutoria pronunciada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 18/2010, se desprende que la determinación del monto de la contragarantía para que quede sin efectos la suspensión del acto reclamado, exige la ponderación de que queden cubiertos, tanto los daños y perjuicios que se puedan causar a la parte quejosa con la ejecución de dicho acto en caso de que se conceda el amparo, como la cantidad que asegure la restitución de...
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