PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. ES IMPROCEDENTE QUE EL ÓRGANO DE AMPARO EXAMINE LA VALORACIÓN DE LAS TENDENTES A DEMOSTRAR LA SUBSISTENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO (PRESTACIÓN DE SERVICIOS), DESPUÉS DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO, CUANDO LA LITIS NATURAL NO INCLUYÓ HECHOS AL RESPECTO, RESULTANDO INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN ESE SENTIDO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012).
Texto de la tesis
En virtud de que la demanda es el primer acto que abre el juicio, donde el actor narra los hechos que soportan su reclamo, formulando así su causa petendi y pretensiones, para que sean resueltos por el juzgador, entonces, la valoración de pruebas debe ser congruente con el tipo de controversia suscitada entre las partes en el juicio laboral, según la demanda, su ampliación o modificación, así como su contestación, de existir; y, para lo cual, deviene prioritario saber cuál es el contexto de hechos que el actor narra como su realidad obrera y condiciones de contratación, como es la temporalidad...
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