IUSera
Registro digital 2007048 · Tesis aislada · 10a. Época · I.9o.P.55 P (10a.) · NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. TIENE ESE CARÁCTER EL INCULPADO, CUANDO AQUÉL ES PROMOVIDO POR LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO, CONTRA ACTOS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN VII, DE LA LEY DE LA MATERIA (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN III, INCISO D), DE LA LEY DE AMPARO).

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De una interpretación conforme del artículo 5o., fracción III, inciso d), de la Ley de Amparo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales, así como con la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se concluye que el inculpado tiene el carácter de tercero interesado cuando el quejoso es la víctima u ofendido del delito, no sólo cuando en averiguación previa se señala como acto reclamado el no ejercicio o desistimiento de la acción penal, sino contra todos los actos del Minis...

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