PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL BUROCRÁTICO. NO PROCEDE PREVENIR AL OFERENTE PARA QUE SUBSANE LAS IRREGULARIDADES CUANDO, AL PRESENTARLAS, NO CUMPLIÓ CON LOS REQUISITOS LEGALES (LEGISLACIÓN PARA LOS ESTADOS DE CHIAPAS Y TABASCO).
Texto de la tesis
De un análisis sistemático de diversas disposiciones de la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas y de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco, se advierte un trámite similar en cuanto a la presentación y admisión o desechamiento de las pruebas en el procedimiento laboral burocrático, del que destaca que, al escrito inicial, el actor deberá acompañar las pruebas de que disponga, pues en la audiencia sólo se aceptarán las ofrecidas con anterioridad, a no ser que se refieran a hechos supervenientes; asimismo, el día y la hora de la audiencia el tribuna...
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