IUSera
Registro digital 2006926 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.15 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

MULTA EN EL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE AMPARO. SU APERCIBIMIENTO E IMPOSICIÓN SÓLO PROCEDE POR UNA VEZ, ATENTO AL ARTÍCULO 193 DE LA LEY DE LA MATERIA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando el órgano jurisdiccional de amparo reciba por primera vez el cumplimiento dado por la autoridad responsable a la ejecutoria amparadora, y estime que ésta no se cumplió puntualmente, ya sea porque no fue acatada en su totalidad o lo fue con excesos o defectos, previo a instaurar el procedimiento sancionador establecido en el artículo 193 de la Ley de Amparo, esto es, antes de imponer la multa respectiva y remitir los autos al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según corresponda, deberá requerir por una vez más a la autoridad responsable el puntu...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.