IUSera
Registro digital 2006889 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XVIII. J/1 P (10a.) · PLENO DEL DECIMOCTAVO CIRCUITO.

DERECHO HUMANO A LA DOBLE INSTANCIA EN MATERIA PENAL. SUS CARACTERÍSTICAS CONFORME A LOS ARTÍCULOS 8, NUMERAL 2, INCISO H), DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y 14, NUMERAL 5, DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Los artículos citados consagran el derecho humano a la doble instancia en materia penal, con las siguientes características: a) Del medio de impugnación debe conocer el Juez o tribunal distinto al que dictó la sentencia condenatoria y de superior jerarquía orgánica, el cual deberá reunir las mismas cualidades jurisdiccionales que lo legitimen para conocer del caso concreto, como si se tratara del Juez de primer grado; y b) El derecho de interponer el recurso debe ser garantizado antes de que la sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada, porque el primer precepto establece expresamente que,...

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