IUSera
Registro digital 2006857 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.2o.A.70 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO INDIRECTO. LA LEY DE LA MATERIA, VIGENTE DESDE EL 3 DE ABRIL DE 2013, ESTABLECE UN NUEVO SISTEMA EQUILIBRADO, REGIDO POR MAYORES ELEMENTOS NORMATIVOS FORMALES Y SUSTANTIVOS, GENERALES Y ESPECÍFICOS, PARA EL DICTADO DE LAS RESOLUCIONES AL RESPECTO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Como resultado de la reforma constitucional en materia de amparo del 6 de junio de 2011 y la posterior expedición de la ley de la materia, vigente desde el 3 de abril de 2013, se generó -en cuanto a la suspensión del acto reclamado en el amparo indirecto-, un nuevo sistema equilibrado con el propósito de dotar a la precautoria de mayor eficacia para la preservación de los derechos vulnerados y la materia del amparo y, a la vez, de mayores elementos de control que permitan evitar el abuso y el dictado de resoluciones que lastimen la sensibilidad social, por la contravención a intereses colectiv...

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