IUSera
Registro digital 2006844 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.1o.A.22 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

RESARCIMIENTO ECONÓMICO POR IMPOSIBILIDAD DE DEVOLVER MERCANCÍAS EMBARGADAS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA. SI EXISTE DISCREPANCIA ENTRE DIVERSOS ORDENAMIENTOS, DEBE APLICARSE LA LEY ADUANERA POR SER LA ESPECIAL.

Fiscal y Hacendario Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 157 de la legislación aduanera señala que cuando exista imposibilidad de devolver la mercancía, el particular o persona moral puede solicitar la entrega de un bien sustituto con valor similar o el pago del valor del bien, el cual se obtendrá atendiendo a su valor conforme a la clasificación arancelaria, cotización y avalúo practicado por la autoridad aduanera competente con motivo del procedimiento administrativo en materia aduanera, actualizándolo en los términos establecidos en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, hasta que se dicte la resolución que autoriza el p...

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