IUSera
Registro digital 2006834 · Tesis aislada · 10a. Época · III.4o.C.7 C (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

JUICIO MERCANTIL. ES INAPLICABLE SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO 68 TER DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO, EN SU SUSTANCIACIÓN, AL VERSAR LA CONTROVERSIA SOBRE DERECHOS PATRIMONIALES E INTERESES PARTICULARES.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1065, de rubro: "SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE.", determinó que para que opere la supletoriedad de un precepto, a efecto de integrar una omisión legal en la legislación especial aplicable al caso concreto, deben satisfacerse ciertos requisitos, a saber, que: a) El ordenamiento legal a suplir establezca expresamente esa posibilidad; b) La ley a su...

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