IUSera
Registro digital 2006820 · Tesis aislada · 10a. Época · IX.1o.15 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

CONFESIÓN FICTA DEL DEMANDADO POR NO COMPARECER A ABSOLVER POSICIONES EN EL JUICIO LABORAL. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 789 de la Ley Federal del Trabajo sanciona al absolvente que no se presenta al desahogo de la prueba confesional a su cargo, teniéndolo por contestando afirmativamente a las posiciones formuladas; sin embargo, esta consecuencia procesal no implica, en automático, la procedencia de las acciones ejercidas en juicio, pues únicamente significa la aceptación de los hechos a que se refirieron las posiciones calificadas de legales, por lo que la autoridad laboral debe efectuar su examen para determinar si esa confesión ficta es apta y suficiente para las intenciones de quien ofreció la pr...

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