IUSera
Registro digital 2006770 · Tesis aislada · 10a. Época · (VIII Región)2o.2 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.

HORAS EXTRAS. PARA EFECTOS DE SU CUANTIFICACIÓN RESPECTO DE TRABAJADORES DE PLATAFORMAS MARINAS, DEBE CONSIDERARSE LA DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO ESTABLECIDA EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y NO LA DETERMINADA EN EL CONTRATO COLECTIVO O INDIVIDUAL DE TRABAJO, SOBRE TODO SI EXCEDE LOS MÁXIMOS PREVISTOS EN AQUÉLLA.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Las horas extras constituyen una prestación establecida a favor del trabajador en el artículo 67 de la Ley Federal del Trabajo, que consiste en el tiempo que aquél presta sus servicios en exceso de la jornada de trabajo que tiene establecida. En ese sentido, la jornada de trabajo se convierte en un factor determinante para cuantificar las horas de tiempo extraordinario laborado, la cual, conforme a los numerales 58, 59, 386 y 391, fracción IV, de la citada ley, puede ser determinada por las partes en el contrato colectivo de trabajo, o incluso en el contrato individual, que al efecto celebren....

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.