IUSera
Registro digital 2006717 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.18 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA. CASOS EN LOS QUE ES IMPROCEDENTE TRATÁNDOSE DE RESOLUCIONES DERIVADAS DE OTRAS CONSENTIDAS (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El recurso de queja previsto en la Ley de Amparo vigente es improcedente no sólo cuando el acuerdo impugnado haya sido directamente consentido, sino también cuando sea la derivación necesaria de un acto anterior consentido expresa o tácitamente por el recurrente. En estas hipótesis, caben al menos los siguientes supuestos: a) El afectado no recurre la resolución o acto que le causa el agravio; b) Se interpone un recurso que no es idóneo; c) El medio interpuesto es idóneo pero extemporáneo; d) Se interpone el recurso idóneo en tiempo pero se omite cumplir con las formalidades legales, lo que ti...

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