IUSera
Registro digital 2006695 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.97 L (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

CONFLICTO COMPETENCIAL EN MATERIA DE TRABAJO POR TERRITORIO. ES COMPETENTE EL JUEZ DE DISTRITO QUE TENGA JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DONDE EL ACTO RECLAMADO DEBA TENER EJECUCIÓN MATERIAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si el acto reclamado consiste en la omisión de diligenciar un exhorto, de conformidad con los artículos 753 a 759 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta exhortada únicamente actúa en auxilio de las labores de la exhortante; por tanto, aun y cuando habrá de llevar a cabo diversas actuaciones para lograr diligenciar el exhorto ordenado, ello no significa que tenga la calidad de autoridad ejecutora material pues, en su caso, lo será la responsable ordenadora, a quien corresponderá ese carácter cuando resuelva el juicio laboral sometido a su conocimiento; de ahí que la función de la Junta exhorta...

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