CONFESIONAL EN MATERIA LABORAL. AUNQUE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NO CONTEMPLA UN REQUERIMIENTO PREVIO POR LA INCOMPARECENCIA DEL OFERENTE A LA AUDIENCIA RELATIVA, DE CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO, Y DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 780, DE LA PROPIA LEY, PROCEDE DECLARARLA DESIERTA, SI ADEMÁS, NO PRESENTÓ PREVIAMENTE EL PLIEGO DE POSICIONES FIRMADO.
Texto de la tesis
De conformidad con los principios generales del derecho a que alude el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, de lo dispuesto en el precepto 780, de la misma, que establece que las pruebas se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo, así como de lo preceptuado en el numeral 790, de la legislación en comento (vigente hasta el 30 de noviembre de 2012), puede concluirse válidamente que para el desahogo de la prueba confesional, las posiciones pueden formularse en forma oral o por escrito que exhiba la parte interesada; de donde se sigue que si previo a la audie...
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