IUSera
Registro digital 2006658 · Tesis aislada · 10a. Época · P. XXX/2014 (10a.) · Pleno

TURISMO. EL ARTÍCULO 4, FRACCIONES III Y VIII, EN RELACIÓN CON EL NUMERAL 3, FRACCIÓN I, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, AL PREVER QUE LA COORDINACIÓN DE LAS ACCIONES PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DEL PAÍS ESTARÁN A CARGO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, LAS CUALES SE SUJETARÁN A LA DISPONIBILIDAD DE LOS RECURSOS APROBADOS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, NO INVADEN LA ESFERA DE ATRIBUCIONES DEL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

Constitucional y Amparo Turismo
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Texto de la tesis

Los preceptos indicados al establecer, por un lado, qué se entiende por actividades turísticas, señalando que son aquellas que realizan las personas durante sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos y, por otro, la atribución del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Turismo, para coordinar las acciones que lleven a cabo el propio Ejecutivo Federal, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como para promover la infraestructura y equipamiento, que contrib...

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