IUSera
Registro digital 2006656 · Tesis aislada · 10a. Época · P. XXXIII/2014 (10a.) · Pleno

TURISMO. EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY GENERAL RELATIVA, AL PREVER QUE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA SE INTEGRARÁ ENTRE OTROS MIEMBROS, POR OCHO ROTATORIOS, POR CADA TRES AÑOS, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, VIOLA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.

Constitucional y Amparo Turismo
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Texto de la tesis

El citado precepto establece que el Consejo aludido contará con una Junta de Gobierno que se integrará por veintinueve miembros conformados por quince designados por el Gobierno Federal: a) Uno de la Secretaría de Turismo; b) Uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; c) Uno del Fondo Nacional de Fomento al Turismo; d) Ocho rotatorios, por cada tres años, de las entidades federativas; y e) Cuatro rotatorios, por tres años, de los Municipios turísticos; así como por catorce restantes que serán representantes de las organizaciones de prestadores de servicios turísticos. Dicha conformaci...

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