VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA NEGATIVA DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN Y ORDENA QUE LA CAUSA QUEDE PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 36 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL, AL HACER DICHA DETERMINACIÓN, NUGATORIO SU DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA Y A UN RECURSO EFECTIVO.
Texto de la tesis
Conforme al sentido de la reforma estructural a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos humanos y juicio de amparo, en una interpretación extensiva de los principios pro persona, progresividad y equilibrio procesal, debe reconocerse a la víctima u ofendido del delito interés jurídico para promover el juicio de amparo indirecto contra la determinación que confirma la negativa de la orden de aprehensión y ordena que la causa quede para los efectos del artículo 36 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; en tanto que, tal resolución c...
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