IUSera
Registro digital 2006577 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.T.102 L (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIÓN POR VEJEZ. LOS ASEGURADOS QUE LA OBTENGAN AL AMPARO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997, NO TIENEN DERECHO AL RETIRO DE LOS RECURSOS ACUMULADOS EN LOS RUBROS DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, DE LA SUBCUENTA DE RETIRO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los trabajadores pensionados conforme al régimen establecido en la Ley del Seguro Social vigente hasta el treinta de junio de mil novecientos noventa y siete, no tienen derecho a retirar los recursos acumulados en los rubros de cesantía en edad avanzada y vejez de la subcuenta individual, ni los recursos contenidos en los rubros de cuota social y aportación estatal a los ramos de cesantía y vejez, pues a ellos se refiere el artículo noveno transitorio de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, al señalar "... los restantes recursos acumulados ...", toda vez que éstos deberán ser entre...

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