INFORME JUSTIFICADO. LA EXHIBICIÓN EN FORMATO ELECTRÓNICO O DIGITAL DE LAS CONSTANCIAS EN QUE SE APOYA, PARA CUMPLIR CON LA CARGA PROCESAL DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE IMPUESTA POR EL ARTÍCULO 117, CUARTO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO, NO TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE DEBIDO PROCESO LEGAL, CONTRADICCIÓN E IGUALDAD DE LAS PARTES.
Texto de la tesis
Si la autoridad responsable exhibe en formato electrónico o digital las constancias en que se apoya el informe justificado, a efecto de cumplir con la carga procesal impuesta por el artículo 117, cuarto párrafo, de la Ley de Amparo, no se deja en estado de indefensión a las partes en el juicio, pues si bien es cierto que el derecho humano al debido proceso reconocido en favor de los gobernados en los artículos 1o. y 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8, numeral 1, de la Convención Americana so...
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